Contrato de Compraventa de Establecimiento de Comercio

El Contrato debe contener por lo menos, los siguientes requisitos:

  • Nombre y apellidos completos, documento de identidad y domicilio del vendedor y del comprador.
  • La identificación del establecimiento de comercio: nombre, dirección y número de matrícula.
  • El precio de venta y forma de pago.

¿Dónde debe inscribirse?

El contrato debe inscribirse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde funciona el establecimiento de comercio.

Si el establecimiento de comercio está localizado en Girardot o en los municipios que pertenecen a la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Girardot, se inscribirá en la cualquiera de nuestras sedes.

Para tener en cuenta:

  • El contrato puede constar en escritura pública o en documento privado.
  • Si consta en documento privado, deberá reconocerse ante un juez o notario el contenido del documento y las firmas de los otorgantes o a cambio de ello, quienes suscriben el documento deben presentarlo personalmente ante el funcionario autorizado de la Cámara de Comercio, en cualquiera de nuestras sedes.
  • Entregar para inscripción copia auténtica del contrato, una vez reconocido o presentado personalmente por sus otorgantes ante la Cámara de Comercio.
  • La copia que se remita debe ser totalmente legible para garantizar su reproducción digital.
  • Acreditar el pago de la retención en la fuente, el cual debe efectuarse en la notaría si el contrato consta en escritura pública. Si se trata de un documento privado se debe cancelar el 1% sobre el valor de la venta en la entidad bancaria que reciba este pago, diligenciando para ello el recibo oficial de pagos que distribuye la DIAN.
  • Si el comprador del establecimiento de comercio no se encuentra matriculado, puede solicitar su matrícula de comerciante diligenciando el formulario de registro único empresarial.