SOCIEDADES NO OPERATIVAS(DECRETO 1068 DE 2020)

“LA CÁMARA DE COMERCIO DE GIRARDOT, ALTO MAGDALENA Y TEQUENDAMA» 

Se permite informar

SOCIEDADES NO OPERATIVAS

(DECRETO 1068 DE 2020)

Las sociedades sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, que no renueven su matrícula mercantil por un término de tres (3) años o que no envíen la información requerida por dicha Superintendencia durante el mismo término, se presumen como NO OPERATIVAS y podrán ser declaradas de oficio como DISUELTAS por la Superintendencia de Sociedades, salvo que sea desvirtuada dicha presunción ante el Organismo de Control.

Para la contabilización de los tres (3) años se tendrá en cuenta la ausencia de renovación de la matrícula mercantil o de entrega de la información financiera oportuna para los años 2022, 2023 y 2024.

Las sociedades en esta situación pueden evitar eventualmente ser declaradas disueltas y en estado de liquidación, renovando su registro entre el 01 de enero y el 01 de abril de 2024.

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